Documento filtrado del ministerio de interior sobre el plan para controlar la inmigración tras el "brexit"
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
REINO UNIDO
DOCUMENTO FILTRADO DEL MINISTERIO DE INTERIOR SOBRE EL
PLAN PARA CONTROLAR LA INMIGRACIÓN TRAS EL BREXIT.
El pasado 5 de septiembre el diario The Guardian publicó la noticia del
plan británico preparado por el Gobierno para después del Brexit. Este
documento filtrado, que cuenta con 82 páginas, es el más extenso, hasta
ahora, sobre el futuro de la inmigración en Reino Unido. Todo el plan que
podría resumirse en 10 puntos clave está preparado, según señala The
Guardian, para disuadir a los inmigrantes de la UE a trasladarse a Reino
Unido después del Brexit.
Durante el mes de agosto se fueron publicando por distintas instituciones
oficiales y universitarias diversos documentos en los que se analizaba el
fenómeno de la inmigración. Hay que destacar el publicado el 4 de agosto
por el MAC ( Comité Asesor sobre Migración), en el que este organismo
lanzó una consulta pública para la recogida de datos y un documento
informativo sobre la petición realizada por el Gobierno británico para que
se lleve a cabo una evaluación del impacto de la inmigración de la UE en
la economía de Reino Unido, examine el mercado de trabajo británico, el
papel global de la inmigración en la economía y cómo el nuevo sistema
migratorio británico debería orientarse a una estrategia industrial
moderna.
Ya en dicho documento informativo se recogían los criterios para
seleccionar inmigrantes y los posibles métodos para controlar la
inmigración. El documento que ha filtrado el periódico The Guardian
evidencia qué criterios y métodos quiere proponer el Gobierno para
controlar la inmigración después del Brexit.
El documento establece un cambio gradual de la actual política de
inmigración en tres etapas. La fase inicial antes del Brexit conllevará la
aprobación de una Ley de inmigración. No hay que olvidar, y así se hace
alusión en este texto, que el Gobierno publicó un documento el pasado 26
de junio acerca del posicionamiento de Reino Unido en relación con los
derechos de los ciudadanos tras el Brexit y en el que se recogía la
necesidad de obtener el “settled status” por parte de los ciudadanos
comunitarios que llevasen 5 años en el país y de establecer un periodo
transitorio de dos años después de la salida para poder obtener dicho
permiso. Aquellos ciudadanos europeos que no acreditasen cinco años en
la fecha de salida podrían solicitar un permiso temporal que les posibilitara
posteriormente obtener el “settled status” una vez acreditados los cinco
años.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
La segunda fase tendrá una duración de dos años y servirá para culminar
la aplicación de la ley, y por último habrá una tercera fase en la que se
pretende por el Gobierno establecer unos criterios y unos métodos duros
con el fin de disuadir la entrada de los comunitarios como hasta ahora se
venía realizando.
El documento señala la importancia de poder revocar los reglamentos
británicos que transponen la legislación comunitaria en materia de
inmigración que continuarán en vigor gracias a la Ley de Derogación. Por
ello, es necesario derogar los reglamentos y aprobar, a través de la
legislación primaria, una nueva Ley de Inmigración, que deberá entrar en
vigor en la fecha efectiva de la salida de la UE. De esa forma en el futuro
los ciudadanos europeos necesitarán permiso para entrar y residir en
Reino Unido de acuerdo con lo ya establecido en las reglas contenidas
actualmente en la Ley de 1971 para ciudadanos no comunitarios.
En la tercera fase la regulación podrá permitir cierta flexibilidad para
negociar el futuro con los miembros de la UE y todo dependerá de la
economía de Reino Unido y de sus circunstancias sociales. El futuro de la
inmigración dependerá de lo que interese a Reino Unido. Es
necesario que la política sobre migración continúe reflejando lo que la
economía y la sociedad necesita y esto lo tiene que seguir haciendo
cuando abandone la UE.
En el documento se deja claro que cualquier disputa en materia de
inmigración en el futuro se deberá resolver por los tribunales de Reino
Unido.
Se destaca la necesidad en el futuro de acreditar la identidad de los
ciudadanos que residan en Reino Unido a través de documentos físicos
(pasaportes, documento con datos biométricos) si bien en el futuro se
trabajará para que todo se pueda comprobar digitalmente. En todo caso
deberán acreditar con documento físico quienes perciban prestaciones y
accedan a servicios públicos.
Ahora bien, partiendo de la premisa de que toda la política de inmigración
se va a realizar conforme a los interese económicos y sociales de Reino
Unido , el documento deja claro que en el futuro los controles sobre
inmigración no afectarán a los visitantes temporales (científicos que
vienen a dar conferencias, personas que vienen a academias a aprender
inglés...) ni a los turistas, puesto que son muchos los que vienen a Reino
Unido (desde abril16/abril17 visitaron Reino Unido 26 millones de
ciudadanos europeos, 21 millones de EU15). En estos casos se quiere
mantener un procedimiento suave que no afecte a la entrada de estos
ciudadanos.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
El documento establece que en cuanto abandonen la UE, a diferencia de lo
que ocurre actualmente, los ciudadanos comunitarios sólo podrán pasar la
frontera con el pasaporte y no con otro tipo de documentación
identificativa (los españoles en el futuro no podrían enseñar en la frontera
el DNI). Se impondrá la obligatoriedad de la identificación
únicamente con pasaporte.
En el futuro se podrá facilitar la entrada a los ciudadanos comunitarios a
través de una genérica provisión establecida en la legislación secundaria.
En ese supuesto no hará falta estampar en el pasaporte ninguna
autorización. Desde luego la policía de inmigración podrá impedir la
entrada a los que tengan antecedentes penales.
Durante el periodo de implementación se podrá conceder a los ciudadanos
europeos el permiso para residir un corto periodo necesario para sus
negocios o estudios (por ejemplo, entre 3 y 6 semanas) y si transcurrido
este periodo quisieran continuar por más tiempo tendrían que solicitar un
permiso específico para ello.
Se considerará establecer una autorización electrónica para viajar antes
del viaje parecida a la que exige Estados Unidos para los británicos. Será
un sistema simple. La UE ha propuesto un sistema llamado ETIAS para
viajeros no europeos que no necesiten visado para viajar por Europa. Se
debe discutir con Europa para poderlo aplicar tanto a Reino Unido como a
ciudadanos europeos.
El proceso de transformación del control de la inmigración será suave y
ordenado y ello será posible a través de un periodo de implementación.
El Gobierno después de la salida pondrá fin a la libre circulación de
europeos. No obstante durante el periodo de implementación (dos años)
no se pretenden realizar muchos cambios para trabajadores y estudiantes.
Se quiere una aplicación gradual para implantar el nuevo sistema. Sin
embargo, se podrá proponer determinados requerimientos para los
residentes de larga duración si bien se intentará asegurar en la medida de
lo posible la entrada a trabajadores europeos altamente cualificados y a
estudiantes de larga duración.
Se reconoce que el fin de la libre circulación es un paso muy importante y
por ello es necesario un periodo de ajuste para ciudadanos europeos que
lleguen a Reino Unido después de la salida y especialmente para empresas
y autoridades británicas. Antes de implementar reglas duras para los
ciudadanos europeos el Gobierno quiere proponer un periodo de
adaptación en los primeros años después de la salida.
Se pretende que dicho periodo comience el día que Reino Unido abandone
la UE y acabe dos años después. Durante este periodo los ciudadanos
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
europeos sin necesidad de permiso del Ministerio de Interior tendrán que
demostrar que se encuentran en cualquiera de las categorías siguientes:
trabajadores, autónomos, estudiantes o personas con recursos suficientes.
Únicamente tendrán que tener un permiso previo del Ministerio de Interior
los ciudadanos que vayan a estar un largo periodo de tiempo. Señala el
documento que aún no se ha decidido qué se va a considerar como largo
periodo pero las reglas estadísticas de la ONS señalan que son
inmigrantes de larga duración los que quieren establecerse por un periodo
superior a 12 meses.
Todos los ciudadanos que vayan a establecerse por un largo periodo
durante esta fase necesitarán permiso del Ministerio de Interior, no
podrán tener antecedentes penales, deberán proporcionar su huella digital
y deberán contar con una fotografía. Tendrán que demostrar que tienen
un trabajo por cuenta ajena o unos ingresos mínimos, en el caso de los
autónomos, que permita el pago de contribuciones. No se permitirá la
entrada de larga duración a desempleados, salvo que acrediten ser
personas con recursos suficientes.
Todavía no se ha decidido el plazo de duración del permiso para los
residentes de larga duración pero se quiere conceder a los trabajadores de
alta cualificación con un contrato superior a 12 meses un permiso de tres
a cinco años. Para el resto de ocupaciones el permiso será de dos años.
Se tendrán en cuenta los requisitos que se exigen para dar el visado Tier2
a los nacionales no europeos pero durante el periodo de implementación
no se pretende exigir a los trabajadores y estudiantes de alta cualificación
los mismos requisitos que ahora se exigen para los no comunitarios (por
ejemplo exigir licencia previa del Ministerio de Interior, del empleador o la
institución educativa).
En este periodo se permitirá a los estudiantes que hayan iniciado sus
estudios poder finalizarlos.
Aunque no se necesite permiso del Ministerio de Interior para los
trabajadores y estudiantes durante el periodo de implementación los
empleadores deberán aprobar y analizar la situación de los ciudadanos. El
permiso para residir durante este periodo requerirá que se demuestre que
no se tienen acceso ni a prestaciones ni a servicios.
Se quiere poner en marcha un nuevo sistema de inmigración, digital,
flexible y eficiente para individuos y empresas. Ello exige un desarrollo
digital entre distintos departamentos, destacando el Ministerio de Interior,
Hacienda (HMRC) y el Ministerio de Trabajo y Pensiones que posibiliten un
camino digital único para acceder a los impuestos, prestaciones y datos
sobre inmigración. Habrá un portal digital seguro para empresarios y
servicios públicos que proporcionará de forma rápida toda la información
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
del ciudadano y de su situación. No obstante durante los dos años de
implementación se necesitará un documento físico de acreditación que
será sustituido posteriormente por un completo proceso digital incluyendo
un portal web específico y una seria de servicios online.
Después del periodo de implementación los empresarios y proveedores
podrán comprobar el status de los ciudadanos europeos a través de un
portal online.
El documento que se estructura en ocho secciones, hace especial hincapié
en el establecimiento de reglas para controlar el tipo y volumen de
la inmigración temporal y permanente, conforme al interés
nacional en la tercera fase.
Tras el periodo de implementación, Reino Unido cambiará los requisitos
de elegibilidad para los ciudadanos comunitarios que quieran obtener
permiso para residir en el país. El objetivo de Reino Unido es encontrar un
equilibrio adecuado, atrayendo a trabajadores necesarios para cubrir las
exigencias del mercado de trabajo y asegurando el continuo apoyo a las
empresas británicas para prosperar mientras se acaba con las
preocupaciones sobre el impacto que una inmigración no controlada pueda
acarrear a los servicios públicos y a la cohesión de la sociedad.
Hay una serie de opciones para un futuro sistema de inmigración, es por
eso que el Gobierno ha pedido al MAC que lleve a cabo una evaluación
antes de que se adopte una decisión final.
El documento recoge en esta fase un esquema de los niveles legales de
inmigración, señalando que la estrategia británica para el acceso al país
de la inmigración extra comunitaria se basa en la introducción de una
frontera firme y un control de visados, la efectiva expulsión de los
inmigrantes ilegales, la protección a los más vulnerables (refugiados o
víctimas de tráfico de personas o esclavitud) y el mantenimiento
controlado de los niveles de inmigración no comunitaria.
Además, se indica que un sistema de inmigración debe depender de la
posibilidad de encontrar un nivel adecuado entre el crecimiento económico
que la inmigración genera y su impacto social. Igualmente, recoge que
existen numerosos factores que pueden influir en la inmigración, tales
como los resultados económicos entre países en términos de empleo y
sueldos además de links culturales como el lenguaje. En particular y
haciendo referencia a la volatilidad de los flujos migratorios, el documento
indica el cambio en el saldo migratorio con España, que pasó de +310.000
en 2008 a -250.000 en 2013 cuando la tasa de desempleo en España
subió del 8% a cerca del 26% en ese mismo periodo.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
Igualmente, se recoge el actual sistema de inmigración británico para
extra comunitarios, especificando que desde 2010 se ha introducido una
política migratoria más selectiva en la que destacan los siguientes
aspectos, entre otros:
• Mayor relevancia de las obligaciones de los sponsors de inmigrantes.
• Subida tanto de los salarios mínimos como de la cualificación
mínima para poder obtener un visado de trabajo con el fin asegurar
la llegada de trabajadores altamente cualificados.
• Introducción de un impuesto para que los empresarios que
contraten trabajadores inmigrantes extra comunitarios, para
financiar la formación de trabajadores locales y de una tasa de
sanidad para contribuir al pago del uso del Servicio Público de
Sanidad (NHS).
• Puesta en marcha de nuevos visados para los trabajadores más
brillantes y preparados.
• Promoción de la integración.
Gracias a estas medidas la inmigración de larga duración de fuera de la
UE es más baja que en 2010 (175.000 al año a finales de 2016 frente a
217.000 de diciembre de 2010).
En este punto también se recoge el impacto económico de la inmigración
comunitaria, reconociendo que, de muchas maneras, la inmigración ha
tenido un efecto positivo en la economía, cubriendo la escasez de
habilidades y permitiendo a las empresas ampliar su producción. El
impacto de la inmigración varía también de sector en sector, suponiendo
de entre un 4 a un 11% del total de trabajadores en la mayoría de
industrias (subiendo del 2-4% del 2006-07).
Los dos siguientes apartados indican las posibles vías para controlar la
inmigración comunitaria en esta tercera fase:
Política de inmigración futura para los ciudadanos comunitarios
El Gobierno aún no ha decidido al detalle los controles que se aplicarán a
los ciudadanos de la UE tras la terminación del periodo de implementación
después de la salida y esperará al asesoramiento del MAC y de otros
organismos. Reino Unido ha manifestado su deseo de mantenerse como
una economía abierta donde la inmigración contribuya de manera
importante, siendo el Gobierno el encargado de decidir sobre las
necesidades sociales del país. En este sentido, cuando sea posible, los
empresarios británicos deberían intentar cubrir sus necesidades de
personal con trabajadores residentes.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
Existen una serie de consideraciones fundamentales para tomar en cuenta
a la hora de diseñar la futura política de inmigración para ciudadanos
comunitarios:
• Se reconoce la imposibilidad de cubrir todas las vacantes con
trabajadores residentes, por lo que se introducirán provisiones para
todos los niveles de cualificación.
• Es deseable atraer a trabajadores comunitarios altamente
cualificados para permitir que el país se mantenga como un imán
para el talento global.
• Ampliación del programa de movilidad juvenil Youth Mobility
Schemes a los ciudadanos de la UE.
• Transferencia de trabajadores de una misma empresa desde Reino
Unido a la UE y viceversa, de una manera flexible.
• Atracción de estudiantes.
Posibles mecanismos para alcanzar las metas para la inmigración
comunitaria
Trabajo por cuenta ajena
• Asegurar la preferencia en el mercado de trabajo de los trabajadores
residentes a través de un test de necesidad económica que los
empresarios deben cumplimentar para comprobar si se pueden
encontrar trabajadores apropiados a nivel local antes de contratar a
ciudadanos de la UE.
• Requerir a los trabajadores comunitarios contar con un trabajo
previamente ofertado por empresarios británicos en vez de buscar el
empleo.
• Disminuir las posibilidades de los trabajadores de instalarse a largo
plazo en Reino Unido y traer a sus dependientes, especialmente a
trabajadores de baja cualificación.
• Limitar el número de ciudadanos de la UE que pueden llegar a Reino
Unido para realizar trabajos de baja-cualificación, a través de:
umbral mínimo de ingresos, límites numéricos o una evaluación del
nivel de cualificación de los puestos.
Otras formas de trabajo
Se incluyen el trabajo autónomo y el emprendimiento. Algunas medidas a
implantar podrían pasar por: exigir un nivel mínimo de fondos, una prueba
del contrato o de la cualificación profesional.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
Estudios
Se introducirán restricciones para asegurar que los estudiantes pretenden
estudiar de una manera efectiva en el país, de la misma forma que se
hace con los estudiantes extra comunitarios: comprobación de su
capacidad académica, nivel de inglés y suficiencia de recursos.
Nuevas reglas para miembros de familia dependientes de los ciudadanos
de la UE
Esta materia se encuentra aún en negociación con la UE. Reino Unido ha
propuesto que la reunificación familiar que se produzca tras el Brexit de
ciudadanos comunitarios que tengan derecho a residir en el país
(conforme a su estatus de residencia pre-salida) debería someterse a las
actuales reglas de inmigración aplicable a los ciudadanos británicos. Esta
misma normativa podría aplicarse a los familiares de los ciudadanos
comunitarios que lleguen tras el Brexit.
Reino Unido también quiere modificar la definición de miembro de la
familia contenida en la normativa de libertad de movimiento. Su
propuesta es solo considerar miembros de la familia a los familiares
directos: pareja, hijos menores de 18 años y dependientes.
Tras la salida, los familiares no comunitarios deberán solicitar un permiso
de residencia con anterioridad a realizar cualquier otra actividad aparte de
una visita, lo que podrá llevarse a cabo desde Reino Unido o antes de la
llegada al país.
Para llevar a cabo estas medidas se considera crucial que las opciones a
desarrollar en el futuro sistema de inmigración se basen en pruebas
consistentes, para lo que se ha solicitado al MAC que lleve a cabo un
profundo estudio sobre el mercado laboral y sobre el papel de los
trabajadores comunitarios en el mismo, así como del potencial impacto de
los posibles cambios en la inmigración comunitaria. Para este estudio se
utilizarán datos y análisis aportados por el Gobierno y la aportación de las
partes interesadas a través de un programa de compromiso que se incluye
en este documento.
La comisión del MAC intentará averiguar los patrones actuales de la
inmigración comunitaria y su papel en la economía y la sociedad a nivel
más amplio. Para ello se estudiarán los sectores, la distribución regional,
el nivel de capacitación, la duración de los trabajos, el desempeño de
trabajo por cuenta propia, a tiempo parcial, en agencias, temporal, por
temporada o empresarios, así como otras características que se
consideren relevantes por el MAC.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
También se le ha requerido que tenga en cuenta los métodos utilizados
para reclutar personal comunitario y su impacto en los trabajadores
británicos y el coste económico y social en prestaciones, incluyendo el
impacto fiscal en la economía de la presencia comunitaria. Asimismo se
solicita una estimación del potencial impacto en caso de una futura
reducción de la inmigración comunitaria (de forma natural o por la
aplicación de nuevas políticas) a varios niveles y la diferente repercusión
en la áreas económicas y sociales, la manera en que las empresas podrían
ajustarse a una nueva realidad con una inmigración comunitaria reducida
substancialmente y qué medidas se podrían tomar para mitigar el
impacto, tanto por los empresarios como por el Gobierno, y qué periodo
sería necesario.
Aunque no se le solicitado evidencia de ningún sector que dependa
particularmente de la mano de obra inmigrante, se espera que el MAC
ofrezca un resumen fidedigno sobre la fuerza laboral inmigrante,
profundizando en algunos sectores, profesiones y regiones, teniendo en
cuenta que el MAC se basa en la evidencia que recoge.
Con este fin, ya el pasado 4 de agosto, el MAC convocaba a facilitar
información a un amplio grupo de partes implicadas (desde pequeñas
empresas a firmas globales) de todos los sectores y todas las profesiones
de la economía británica, comprometiéndose con todo el Reino Unido.
Asimismo, se aprovechará la experiencia de organismos internacionales
cuando se considere relevante. Para el Gobierno es de vital importancia
que se produzca un informe transparente e independiente que asesore
basándose en hechos reales para aconsejar sobre el futuro sistema de
inmigración y asegurar que éste funciona para todas las áreas de Reino
Unido.
La publicación del informe se realizará el 18 de septiembre de 2018, lo
que permitirá al Gobierno valorar las recomendaciones antes de tomar
ninguna decisión sobre la tercera fase del sistema de inmigración (el MAC
no asesora sobre la segunda fase que será efectiva el día en que se
produzca la salid). No obstante se está planteando posibles menores
informes intermedios para ajustarse a los tiempos y poder tomar
decisiones en el ínterin.
En cuanto a la cuestión de la frontera con Irlanda se plantea la
permanencia de la situación actual sin cambios en la zona de circulación
común (CTA), aunque se publicará una propuesta separada para la
circulación de bienes. Asimismo, se continuará trabajando en la seguridad
de las fronteras frente a cualquier amenaza externa. Se apoyará la
conservación de los derechos actuales de los ciudadanos irlandeses y
británicos, evitando el impacto del futuro sistema de inmigración, así
como la protección del estatus especial y de reciprocidad de ciudadanos
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
irlandeses y norirlandeses. Con respecto a la entrada de comunitarios a
Reino Unido desde Irlanda, los ciudadanos de la UE quedarán en la misma
situación que los de otras nacionalidades a las que no se les requieran
visado para entrar en Irlanda.
En materia de asilo, el documento plantea que, aunque no se producirán
cambios en las leyes que protegen a aquellos que llegan en busca de asilo
y protección y que se continuará el compromiso con la UE en asuntos de
inmigración y seguridad, se primará el freno a la inmigración económica
ilegal. Se buscará la cooperación con la UE en asegurar los principios de
asilo en el primer país de llegada, el derecho de los gobiernos a controlar
sus propias fronteras y apoyar a aquellos que esté realmente necesitados.
En este planteamiento que, afectará a Reino Unido de forma global, e
pretende que el futuro sistema de inmigración sea flexible para poder
servir a un amplio abanico de intereses y refleje las necesidades de todo
el país (las cuatro naciones) así como la de aquellos lugares con los que
se tiene un tipo de relación única (territorios bajo la soberanía británica y
de ultramar y la relación histórica con Irlanda y la CTA).
Se seguirán teniendo en cuenta los intereses y necesidades de los
mercados de las 4 naciones que defienden el continuar siendo un abierto,
fuerte y exitoso país comercial. Asimismo, en las negociaciones con la UE
hay que considerar las implicaciones de la inmigración desde y hacia la UE
en los territorios de soberanía británica, ultramar y Gibraltar e intentar el
establecimiento de una nueva relación que funcione para todos. Por otra
parte, las administraciones descentralizadas, los territorios de soberanía
británica, ultramar y Gibraltar seguirán decidiendo sobre las cuestiones
que son de su competencia actualmente.
Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
REINO UNIDO
DOCUMENTO FILTRADO DEL MINISTERIO DE INTERIOR SOBRE EL
PLAN PARA CONTROLAR LA INMIGRACIÓN TRAS EL BREXIT.
El pasado 5 de septiembre el diario The Guardian publicó la noticia del
plan británico preparado por el Gobierno para después del Brexit. Este
documento filtrado, que cuenta con 82 páginas, es el más extenso, hasta
ahora, sobre el futuro de la inmigración en Reino Unido. Todo el plan que
podría resumirse en 10 puntos clave está preparado, según señala The
Guardian, para disuadir a los inmigrantes de la UE a trasladarse a Reino
Unido después del Brexit.
Durante el mes de agosto se fueron publicando por distintas instituciones
oficiales y universitarias diversos documentos en los que se analizaba el
fenómeno de la inmigración. Hay que destacar el publicado el 4 de agosto
por el MAC ( Comité Asesor sobre Migración), en el que este organismo
lanzó una consulta pública para la recogida de datos y un documento
informativo sobre la petición realizada por el Gobierno británico para que
se lleve a cabo una evaluación del impacto de la inmigración de la UE en
la economía de Reino Unido, examine el mercado de trabajo británico, el
papel global de la inmigración en la economía y cómo el nuevo sistema
migratorio británico debería orientarse a una estrategia industrial
moderna.
Ya en dicho documento informativo se recogían los criterios para
seleccionar inmigrantes y los posibles métodos para controlar la
inmigración. El documento que ha filtrado el periódico The Guardian
evidencia qué criterios y métodos quiere proponer el Gobierno para
controlar la inmigración después del Brexit.
El documento establece un cambio gradual de la actual política de
inmigración en tres etapas. La fase inicial antes del Brexit conllevará la
aprobación de una Ley de inmigración. No hay que olvidar, y así se hace
alusión en este texto, que el Gobierno publicó un documento el pasado 26
de junio acerca del posicionamiento de Reino Unido en relación con los
derechos de los ciudadanos tras el Brexit y en el que se recogía la
necesidad de obtener el “settled status” por parte de los ciudadanos
comunitarios que llevasen 5 años en el país y de establecer un periodo
transitorio de dos años después de la salida para poder obtener dicho
permiso. Aquellos ciudadanos europeos que no acreditasen cinco años en
la fecha de salida podrían solicitar un permiso temporal que les posibilitara
posteriormente obtener el “settled status” una vez acreditados los cinco
años.
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La segunda fase tendrá una duración de dos años y servirá para culminar
la aplicación de la ley, y por último habrá una tercera fase en la que se
pretende por el Gobierno establecer unos criterios y unos métodos duros
con el fin de disuadir la entrada de los comunitarios como hasta ahora se
venía realizando.
El documento señala la importancia de poder revocar los reglamentos
británicos que transponen la legislación comunitaria en materia de
inmigración que continuarán en vigor gracias a la Ley de Derogación. Por
ello, es necesario derogar los reglamentos y aprobar, a través de la
legislación primaria, una nueva Ley de Inmigración, que deberá entrar en
vigor en la fecha efectiva de la salida de la UE. De esa forma en el futuro
los ciudadanos europeos necesitarán permiso para entrar y residir en
Reino Unido de acuerdo con lo ya establecido en las reglas contenidas
actualmente en la Ley de 1971 para ciudadanos no comunitarios.
En la tercera fase la regulación podrá permitir cierta flexibilidad para
negociar el futuro con los miembros de la UE y todo dependerá de la
economía de Reino Unido y de sus circunstancias sociales. El futuro de la
inmigración dependerá de lo que interese a Reino Unido. Es
necesario que la política sobre migración continúe reflejando lo que la
economía y la sociedad necesita y esto lo tiene que seguir haciendo
cuando abandone la UE.
En el documento se deja claro que cualquier disputa en materia de
inmigración en el futuro se deberá resolver por los tribunales de Reino
Unido.
Se destaca la necesidad en el futuro de acreditar la identidad de los
ciudadanos que residan en Reino Unido a través de documentos físicos
(pasaportes, documento con datos biométricos) si bien en el futuro se
trabajará para que todo se pueda comprobar digitalmente. En todo caso
deberán acreditar con documento físico quienes perciban prestaciones y
accedan a servicios públicos.
Ahora bien, partiendo de la premisa de que toda la política de inmigración
se va a realizar conforme a los interese económicos y sociales de Reino
Unido , el documento deja claro que en el futuro los controles sobre
inmigración no afectarán a los visitantes temporales (científicos que
vienen a dar conferencias, personas que vienen a academias a aprender
inglés...) ni a los turistas, puesto que son muchos los que vienen a Reino
Unido (desde abril16/abril17 visitaron Reino Unido 26 millones de
ciudadanos europeos, 21 millones de EU15). En estos casos se quiere
mantener un procedimiento suave que no afecte a la entrada de estos
ciudadanos.
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El documento establece que en cuanto abandonen la UE, a diferencia de lo
que ocurre actualmente, los ciudadanos comunitarios sólo podrán pasar la
frontera con el pasaporte y no con otro tipo de documentación
identificativa (los españoles en el futuro no podrían enseñar en la frontera
el DNI). Se impondrá la obligatoriedad de la identificación
únicamente con pasaporte.
En el futuro se podrá facilitar la entrada a los ciudadanos comunitarios a
través de una genérica provisión establecida en la legislación secundaria.
En ese supuesto no hará falta estampar en el pasaporte ninguna
autorización. Desde luego la policía de inmigración podrá impedir la
entrada a los que tengan antecedentes penales.
Durante el periodo de implementación se podrá conceder a los ciudadanos
europeos el permiso para residir un corto periodo necesario para sus
negocios o estudios (por ejemplo, entre 3 y 6 semanas) y si transcurrido
este periodo quisieran continuar por más tiempo tendrían que solicitar un
permiso específico para ello.
Se considerará establecer una autorización electrónica para viajar antes
del viaje parecida a la que exige Estados Unidos para los británicos. Será
un sistema simple. La UE ha propuesto un sistema llamado ETIAS para
viajeros no europeos que no necesiten visado para viajar por Europa. Se
debe discutir con Europa para poderlo aplicar tanto a Reino Unido como a
ciudadanos europeos.
El proceso de transformación del control de la inmigración será suave y
ordenado y ello será posible a través de un periodo de implementación.
El Gobierno después de la salida pondrá fin a la libre circulación de
europeos. No obstante durante el periodo de implementación (dos años)
no se pretenden realizar muchos cambios para trabajadores y estudiantes.
Se quiere una aplicación gradual para implantar el nuevo sistema. Sin
embargo, se podrá proponer determinados requerimientos para los
residentes de larga duración si bien se intentará asegurar en la medida de
lo posible la entrada a trabajadores europeos altamente cualificados y a
estudiantes de larga duración.
Se reconoce que el fin de la libre circulación es un paso muy importante y
por ello es necesario un periodo de ajuste para ciudadanos europeos que
lleguen a Reino Unido después de la salida y especialmente para empresas
y autoridades británicas. Antes de implementar reglas duras para los
ciudadanos europeos el Gobierno quiere proponer un periodo de
adaptación en los primeros años después de la salida.
Se pretende que dicho periodo comience el día que Reino Unido abandone
la UE y acabe dos años después. Durante este periodo los ciudadanos
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europeos sin necesidad de permiso del Ministerio de Interior tendrán que
demostrar que se encuentran en cualquiera de las categorías siguientes:
trabajadores, autónomos, estudiantes o personas con recursos suficientes.
Únicamente tendrán que tener un permiso previo del Ministerio de Interior
los ciudadanos que vayan a estar un largo periodo de tiempo. Señala el
documento que aún no se ha decidido qué se va a considerar como largo
periodo pero las reglas estadísticas de la ONS señalan que son
inmigrantes de larga duración los que quieren establecerse por un periodo
superior a 12 meses.
Todos los ciudadanos que vayan a establecerse por un largo periodo
durante esta fase necesitarán permiso del Ministerio de Interior, no
podrán tener antecedentes penales, deberán proporcionar su huella digital
y deberán contar con una fotografía. Tendrán que demostrar que tienen
un trabajo por cuenta ajena o unos ingresos mínimos, en el caso de los
autónomos, que permita el pago de contribuciones. No se permitirá la
entrada de larga duración a desempleados, salvo que acrediten ser
personas con recursos suficientes.
Todavía no se ha decidido el plazo de duración del permiso para los
residentes de larga duración pero se quiere conceder a los trabajadores de
alta cualificación con un contrato superior a 12 meses un permiso de tres
a cinco años. Para el resto de ocupaciones el permiso será de dos años.
Se tendrán en cuenta los requisitos que se exigen para dar el visado Tier2
a los nacionales no europeos pero durante el periodo de implementación
no se pretende exigir a los trabajadores y estudiantes de alta cualificación
los mismos requisitos que ahora se exigen para los no comunitarios (por
ejemplo exigir licencia previa del Ministerio de Interior, del empleador o la
institución educativa).
En este periodo se permitirá a los estudiantes que hayan iniciado sus
estudios poder finalizarlos.
Aunque no se necesite permiso del Ministerio de Interior para los
trabajadores y estudiantes durante el periodo de implementación los
empleadores deberán aprobar y analizar la situación de los ciudadanos. El
permiso para residir durante este periodo requerirá que se demuestre que
no se tienen acceso ni a prestaciones ni a servicios.
Se quiere poner en marcha un nuevo sistema de inmigración, digital,
flexible y eficiente para individuos y empresas. Ello exige un desarrollo
digital entre distintos departamentos, destacando el Ministerio de Interior,
Hacienda (HMRC) y el Ministerio de Trabajo y Pensiones que posibiliten un
camino digital único para acceder a los impuestos, prestaciones y datos
sobre inmigración. Habrá un portal digital seguro para empresarios y
servicios públicos que proporcionará de forma rápida toda la información
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del ciudadano y de su situación. No obstante durante los dos años de
implementación se necesitará un documento físico de acreditación que
será sustituido posteriormente por un completo proceso digital incluyendo
un portal web específico y una seria de servicios online.
Después del periodo de implementación los empresarios y proveedores
podrán comprobar el status de los ciudadanos europeos a través de un
portal online.
El documento que se estructura en ocho secciones, hace especial hincapié
en el establecimiento de reglas para controlar el tipo y volumen de
la inmigración temporal y permanente, conforme al interés
nacional en la tercera fase.
Tras el periodo de implementación, Reino Unido cambiará los requisitos
de elegibilidad para los ciudadanos comunitarios que quieran obtener
permiso para residir en el país. El objetivo de Reino Unido es encontrar un
equilibrio adecuado, atrayendo a trabajadores necesarios para cubrir las
exigencias del mercado de trabajo y asegurando el continuo apoyo a las
empresas británicas para prosperar mientras se acaba con las
preocupaciones sobre el impacto que una inmigración no controlada pueda
acarrear a los servicios públicos y a la cohesión de la sociedad.
Hay una serie de opciones para un futuro sistema de inmigración, es por
eso que el Gobierno ha pedido al MAC que lleve a cabo una evaluación
antes de que se adopte una decisión final.
El documento recoge en esta fase un esquema de los niveles legales de
inmigración, señalando que la estrategia británica para el acceso al país
de la inmigración extra comunitaria se basa en la introducción de una
frontera firme y un control de visados, la efectiva expulsión de los
inmigrantes ilegales, la protección a los más vulnerables (refugiados o
víctimas de tráfico de personas o esclavitud) y el mantenimiento
controlado de los niveles de inmigración no comunitaria.
Además, se indica que un sistema de inmigración debe depender de la
posibilidad de encontrar un nivel adecuado entre el crecimiento económico
que la inmigración genera y su impacto social. Igualmente, recoge que
existen numerosos factores que pueden influir en la inmigración, tales
como los resultados económicos entre países en términos de empleo y
sueldos además de links culturales como el lenguaje. En particular y
haciendo referencia a la volatilidad de los flujos migratorios, el documento
indica el cambio en el saldo migratorio con España, que pasó de +310.000
en 2008 a -250.000 en 2013 cuando la tasa de desempleo en España
subió del 8% a cerca del 26% en ese mismo periodo.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
Igualmente, se recoge el actual sistema de inmigración británico para
extra comunitarios, especificando que desde 2010 se ha introducido una
política migratoria más selectiva en la que destacan los siguientes
aspectos, entre otros:
• Mayor relevancia de las obligaciones de los sponsors de inmigrantes.
• Subida tanto de los salarios mínimos como de la cualificación
mínima para poder obtener un visado de trabajo con el fin asegurar
la llegada de trabajadores altamente cualificados.
• Introducción de un impuesto para que los empresarios que
contraten trabajadores inmigrantes extra comunitarios, para
financiar la formación de trabajadores locales y de una tasa de
sanidad para contribuir al pago del uso del Servicio Público de
Sanidad (NHS).
• Puesta en marcha de nuevos visados para los trabajadores más
brillantes y preparados.
• Promoción de la integración.
Gracias a estas medidas la inmigración de larga duración de fuera de la
UE es más baja que en 2010 (175.000 al año a finales de 2016 frente a
217.000 de diciembre de 2010).
En este punto también se recoge el impacto económico de la inmigración
comunitaria, reconociendo que, de muchas maneras, la inmigración ha
tenido un efecto positivo en la economía, cubriendo la escasez de
habilidades y permitiendo a las empresas ampliar su producción. El
impacto de la inmigración varía también de sector en sector, suponiendo
de entre un 4 a un 11% del total de trabajadores en la mayoría de
industrias (subiendo del 2-4% del 2006-07).
Los dos siguientes apartados indican las posibles vías para controlar la
inmigración comunitaria en esta tercera fase:
Política de inmigración futura para los ciudadanos comunitarios
El Gobierno aún no ha decidido al detalle los controles que se aplicarán a
los ciudadanos de la UE tras la terminación del periodo de implementación
después de la salida y esperará al asesoramiento del MAC y de otros
organismos. Reino Unido ha manifestado su deseo de mantenerse como
una economía abierta donde la inmigración contribuya de manera
importante, siendo el Gobierno el encargado de decidir sobre las
necesidades sociales del país. En este sentido, cuando sea posible, los
empresarios británicos deberían intentar cubrir sus necesidades de
personal con trabajadores residentes.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
Existen una serie de consideraciones fundamentales para tomar en cuenta
a la hora de diseñar la futura política de inmigración para ciudadanos
comunitarios:
• Se reconoce la imposibilidad de cubrir todas las vacantes con
trabajadores residentes, por lo que se introducirán provisiones para
todos los niveles de cualificación.
• Es deseable atraer a trabajadores comunitarios altamente
cualificados para permitir que el país se mantenga como un imán
para el talento global.
• Ampliación del programa de movilidad juvenil Youth Mobility
Schemes a los ciudadanos de la UE.
• Transferencia de trabajadores de una misma empresa desde Reino
Unido a la UE y viceversa, de una manera flexible.
• Atracción de estudiantes.
Posibles mecanismos para alcanzar las metas para la inmigración
comunitaria
Trabajo por cuenta ajena
• Asegurar la preferencia en el mercado de trabajo de los trabajadores
residentes a través de un test de necesidad económica que los
empresarios deben cumplimentar para comprobar si se pueden
encontrar trabajadores apropiados a nivel local antes de contratar a
ciudadanos de la UE.
• Requerir a los trabajadores comunitarios contar con un trabajo
previamente ofertado por empresarios británicos en vez de buscar el
empleo.
• Disminuir las posibilidades de los trabajadores de instalarse a largo
plazo en Reino Unido y traer a sus dependientes, especialmente a
trabajadores de baja cualificación.
• Limitar el número de ciudadanos de la UE que pueden llegar a Reino
Unido para realizar trabajos de baja-cualificación, a través de:
umbral mínimo de ingresos, límites numéricos o una evaluación del
nivel de cualificación de los puestos.
Otras formas de trabajo
Se incluyen el trabajo autónomo y el emprendimiento. Algunas medidas a
implantar podrían pasar por: exigir un nivel mínimo de fondos, una prueba
del contrato o de la cualificación profesional.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
Estudios
Se introducirán restricciones para asegurar que los estudiantes pretenden
estudiar de una manera efectiva en el país, de la misma forma que se
hace con los estudiantes extra comunitarios: comprobación de su
capacidad académica, nivel de inglés y suficiencia de recursos.
Nuevas reglas para miembros de familia dependientes de los ciudadanos
de la UE
Esta materia se encuentra aún en negociación con la UE. Reino Unido ha
propuesto que la reunificación familiar que se produzca tras el Brexit de
ciudadanos comunitarios que tengan derecho a residir en el país
(conforme a su estatus de residencia pre-salida) debería someterse a las
actuales reglas de inmigración aplicable a los ciudadanos británicos. Esta
misma normativa podría aplicarse a los familiares de los ciudadanos
comunitarios que lleguen tras el Brexit.
Reino Unido también quiere modificar la definición de miembro de la
familia contenida en la normativa de libertad de movimiento. Su
propuesta es solo considerar miembros de la familia a los familiares
directos: pareja, hijos menores de 18 años y dependientes.
Tras la salida, los familiares no comunitarios deberán solicitar un permiso
de residencia con anterioridad a realizar cualquier otra actividad aparte de
una visita, lo que podrá llevarse a cabo desde Reino Unido o antes de la
llegada al país.
Para llevar a cabo estas medidas se considera crucial que las opciones a
desarrollar en el futuro sistema de inmigración se basen en pruebas
consistentes, para lo que se ha solicitado al MAC que lleve a cabo un
profundo estudio sobre el mercado laboral y sobre el papel de los
trabajadores comunitarios en el mismo, así como del potencial impacto de
los posibles cambios en la inmigración comunitaria. Para este estudio se
utilizarán datos y análisis aportados por el Gobierno y la aportación de las
partes interesadas a través de un programa de compromiso que se incluye
en este documento.
La comisión del MAC intentará averiguar los patrones actuales de la
inmigración comunitaria y su papel en la economía y la sociedad a nivel
más amplio. Para ello se estudiarán los sectores, la distribución regional,
el nivel de capacitación, la duración de los trabajos, el desempeño de
trabajo por cuenta propia, a tiempo parcial, en agencias, temporal, por
temporada o empresarios, así como otras características que se
consideren relevantes por el MAC.
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
También se le ha requerido que tenga en cuenta los métodos utilizados
para reclutar personal comunitario y su impacto en los trabajadores
británicos y el coste económico y social en prestaciones, incluyendo el
impacto fiscal en la economía de la presencia comunitaria. Asimismo se
solicita una estimación del potencial impacto en caso de una futura
reducción de la inmigración comunitaria (de forma natural o por la
aplicación de nuevas políticas) a varios niveles y la diferente repercusión
en la áreas económicas y sociales, la manera en que las empresas podrían
ajustarse a una nueva realidad con una inmigración comunitaria reducida
substancialmente y qué medidas se podrían tomar para mitigar el
impacto, tanto por los empresarios como por el Gobierno, y qué periodo
sería necesario.
Aunque no se le solicitado evidencia de ningún sector que dependa
particularmente de la mano de obra inmigrante, se espera que el MAC
ofrezca un resumen fidedigno sobre la fuerza laboral inmigrante,
profundizando en algunos sectores, profesiones y regiones, teniendo en
cuenta que el MAC se basa en la evidencia que recoge.
Con este fin, ya el pasado 4 de agosto, el MAC convocaba a facilitar
información a un amplio grupo de partes implicadas (desde pequeñas
empresas a firmas globales) de todos los sectores y todas las profesiones
de la economía británica, comprometiéndose con todo el Reino Unido.
Asimismo, se aprovechará la experiencia de organismos internacionales
cuando se considere relevante. Para el Gobierno es de vital importancia
que se produzca un informe transparente e independiente que asesore
basándose en hechos reales para aconsejar sobre el futuro sistema de
inmigración y asegurar que éste funciona para todas las áreas de Reino
Unido.
La publicación del informe se realizará el 18 de septiembre de 2018, lo
que permitirá al Gobierno valorar las recomendaciones antes de tomar
ninguna decisión sobre la tercera fase del sistema de inmigración (el MAC
no asesora sobre la segunda fase que será efectiva el día en que se
produzca la salid). No obstante se está planteando posibles menores
informes intermedios para ajustarse a los tiempos y poder tomar
decisiones en el ínterin.
En cuanto a la cuestión de la frontera con Irlanda se plantea la
permanencia de la situación actual sin cambios en la zona de circulación
común (CTA), aunque se publicará una propuesta separada para la
circulación de bienes. Asimismo, se continuará trabajando en la seguridad
de las fronteras frente a cualquier amenaza externa. Se apoyará la
conservación de los derechos actuales de los ciudadanos irlandeses y
británicos, evitando el impacto del futuro sistema de inmigración, así
como la protección del estatus especial y de reciprocidad de ciudadanos
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Actualidad Internacional Sociolaboral nº 216
irlandeses y norirlandeses. Con respecto a la entrada de comunitarios a
Reino Unido desde Irlanda, los ciudadanos de la UE quedarán en la misma
situación que los de otras nacionalidades a las que no se les requieran
visado para entrar en Irlanda.
En materia de asilo, el documento plantea que, aunque no se producirán
cambios en las leyes que protegen a aquellos que llegan en busca de asilo
y protección y que se continuará el compromiso con la UE en asuntos de
inmigración y seguridad, se primará el freno a la inmigración económica
ilegal. Se buscará la cooperación con la UE en asegurar los principios de
asilo en el primer país de llegada, el derecho de los gobiernos a controlar
sus propias fronteras y apoyar a aquellos que esté realmente necesitados.
En este planteamiento que, afectará a Reino Unido de forma global, e
pretende que el futuro sistema de inmigración sea flexible para poder
servir a un amplio abanico de intereses y refleje las necesidades de todo
el país (las cuatro naciones) así como la de aquellos lugares con los que
se tiene un tipo de relación única (territorios bajo la soberanía británica y
de ultramar y la relación histórica con Irlanda y la CTA).
Se seguirán teniendo en cuenta los intereses y necesidades de los
mercados de las 4 naciones que defienden el continuar siendo un abierto,
fuerte y exitoso país comercial. Asimismo, en las negociaciones con la UE
hay que considerar las implicaciones de la inmigración desde y hacia la UE
en los territorios de soberanía británica, ultramar y Gibraltar e intentar el
establecimiento de una nueva relación que funcione para todos. Por otra
parte, las administraciones descentralizadas, los territorios de soberanía
británica, ultramar y Gibraltar seguirán decidiendo sobre las cuestiones
que son de su competencia actualmente.
